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title: "Examen de egreso laboral: cuándo se hace y qué incluye"
description: "El examen de egreso documenta el estado de salud al terminar la relación laboral y respalda a la empresa. Laboratorio, ECG, Rx y dictamen, en todo el país."
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date_modified: "2026-09-20"
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Fin de la relación laboral

# Examen de egreso laboral: cerrá la relación con respaldo

El examen de egreso documenta con qué estado de salud se va una persona al terminar la relación laboral y termina en un dictamen para el legajo. Es **optativo** y corresponde a la ART o al empleador autoasegurado (art. 6, Res. SRT 37/10). En IngresosLaborales.com lo coordinamos en todo el país, con turno en 24-48 h en el centro asociado más cercano a la persona.

[Cotizar el examen de egreso](https://wa.me/5491158536500?text=Hola%2C%20necesito%20ex%C3%A1menes%20de%20egreso.%0A%0A%E2%80%A2%20Cu%C3%A1ntas%20personas%3A%0A%E2%80%A2%20En%20qu%C3%A9%20localidad%20est%C3%A1%20cada%20una%3A%0A%E2%80%A2%20Qu%C3%A9%20tarea%20hace%20cada%20una%3A)
Ver qué incluye

- Turno en 24-48 h

- Estudios según la exposición del puesto

- Dictamen para el legajo

## El egreso, en cuatro datos

- **Plazo** · Entre 10 días antes y 30 días después del cese (art. 6.2)

- **Carácter** · Optativo en la norma, decisivo como prueba

- **Responsable** · La ART o el empleador autoasegurado (art. 6.3)

- **Contenido** · Base clínica más los estudios de los agentes de riesgo del puesto

- -10 / +30 · Días del cese para hacerlo

- 24-48 h · Turnos coordinados

- Optativo · Carácter en la norma

- La ART · Responsable de realizarlo

Respuesta corta

## El examen de egreso, en una ficha

Para qué sirve, cuándo se hace, quién lo paga y qué pasa si la persona no se presenta.

La ventana del art. 6.2 y qué cambia a cada lado del día del cese; el detalle está en la tabla que sigue. [Verla en tamaño completo](https://www.ingresoslaborales.com/assets/img/plazo-examen-egreso.png).

Ficha del examen de egreso: obligatoriedad, plazo, responsable del pago, contenido y utilidad.

| | |
| --- | --- |
| ¿Es obligatorio? | No. La Res. SRT 37/10 lo define como optativo (art. 6.2), pero lo recomendamos en todo puesto con exposición a agentes de riesgo o esfuerzo físico. |
| ¿Cuándo se hace? | Entre los 10 días anteriores y los 30 días posteriores a la extinción de la relación laboral (art. 6.2). |
| ¿Quién lo paga? | La ART o el empleador autoasegurado. La norma pone a su cargo la realización, y el costo corre por cuenta de quien debe realizarla (arts. 6.3 y 12). Pueden acordar con el empleador que lo haga él, y muchas empresas lo hacen por su cuenta para no depender del trámite. |
| ¿Para qué sirve? | Para documentar con qué estado de salud se fue la persona y comparar contra el [examen de ingreso](https://www.ingresoslaborales.com/examenes-preocupacionales). |
| ¿Qué incluye? | Una base clínica más los estudios específicos de los agentes de riesgo a los que la persona estuvo expuesta. El detalle lo define el médico laboral según el puesto: no es una copia exacta del examen de ingreso. |
| ¿Se puede obligar a la persona? | Depende del momento. Mientras el vínculo sigue vigente —incluidos los 10 días anteriores al cese— los exámenes de la resolución son obligatorios para el trabajador (art. 7). Una vez extinguida la relación no hay cómo compelerlo: ahí lo que corresponde es citarlo con un turno concreto y dejar constancia escrita de la citación. |

Texto de la norma: [Resolución SRT 37/2010 en Infoleg](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/160000-164999/163171/norma.htm), art. 6.

Esta página es una guía práctica sobre lo que exige la norma y no reemplaza el asesoramiento de un médico laboral o de un abogado laboralista. El texto oficial está en [Infoleg](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/160000-164999/163171/norma.htm).

Contenido

## Qué incluye el examen de egreso

Comparar el ingreso con el egreso permite ver qué cambió durante el vínculo y qué no, y es el punto de partida de cualquier discusión posterior. Por eso el egreso vale tanto más cuanto mejor sea el preocupacional que se le hizo a esa persona el primer día. Según la exposición del puesto, en general incluye:

- Examen clínico completo

- Laboratorio ampliado, con VDRL

- Electrocardiograma con informe

- Radiografía de columna lumbosacra, frente y perfil, sólo a pedido expreso del médico laboral

- Audiometría tonal

- Los estudios específicos de los agentes de riesgo del puesto

- Dictamen médico firmado, con matrícula

[Pedir cotización por correo](https://www.ingresoslaborales.com/contacto?examen=egreso#form)

### Por qué conviene hacerlo

- Deja documentado el estado de salud de la persona al momento del cese, frente a los agentes de riesgo a los que estuvo expuesta.

- Es prueba en un reclamo posterior por accidente o enfermedad laboral.

- Cierra el legajo médico con el mismo criterio con que se abrió.

- Puede detectar a tiempo una afección que conviene que la persona conozca.

### Cuándo lo pedimos siempre

En puestos con ruido, carga manual, altura, químicos o vibraciones. Son las exposiciones que dejan huella y las que más aparecen en los reclamos años después de la desvinculación.

Marco legal

## Examen de egreso laboral: optativo en la norma, decisivo en la práctica

La Res. SRT 37/10 ubica al examen de egreso entre los **optativos** y pone su realización a cargo de la **ART o del empleador autoasegurado**, que pueden convenir con la empresa que lo haga ella (art. 6.3). Su objetivo, dice la norma, es comprobar el estado de salud frente a los elementos de riesgo a los que la persona estuvo expuesta, y detectar eventuales secuelas incapacitantes.

En la práctica es el único documento que fija ese estado en el tiempo. Sin egreso, cualquier afección que aparezca después se discute sin una foto del día en que la persona dejó la empresa. Con egreso, la comparación contra el ingreso habla sola.

[Leé la guía completa de la Res. 37/10](https://www.ingresoslaborales.com/blog/que-exige-la-resolucion-srt-37-10)

Comparación entre el examen preocupacional y el examen de egreso.

| | Preocupacional | Egreso |
| --- | --- | --- |
| Obligatoriedad | Obligatorio (art. 2) | Optativo (art. 6) |
| Lo paga | El empleador | La ART |
| Momento | Antes del ingreso | -10 / +30 días del cese |
| Para qué | Aptitud para el puesto | Estado de salud a la salida |

«La ART» es, en el texto de la norma, «la A.R.T. o el Empleador Autoasegurado». Fuente: [Res. SRT 37/2010 en Infoleg](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/160000-164999/163171/norma.htm).

Cómo se coordina

## Tres pasos para que el egreso no se pase de plazo

### Avisanos la fecha del cese

Con el nombre, el DNI, el puesto y la localidad de la persona alcanza. Te decimos qué estudios corresponden según su exposición.

### Citamos con turno concreto

Le damos turno en el centro más cercano a su domicilio, dentro del plazo de la norma, y le mandamos la dirección por WhatsApp.

### Te llega el dictamen

El dictamen, ordenado por legajo y listo para archivar junto al preocupacional. Si la persona no concurre, te lo informamos por escrito.

Preguntas frecuentes

## Sobre el examen de egreso

### ¿Es obligatorio el examen de egreso?

No. La Res. SRT 37/10 lo define como optativo y pone su realización a cargo de la ART o del empleador autoasegurado (art. 6). Lo recomendamos igual en todo puesto con exposición a agentes de riesgo o esfuerzo físico, porque es la única prueba del estado de salud al momento de la salida.

### ¿Cuándo tiene que hacerse el examen de egreso?

Entre los 10 días anteriores y los 30 días posteriores a la extinción de la relación laboral (art. 6.2). Un examen hecho después sigue siendo un dato médico, pero ya no es el examen de egreso de la resolución y pierde fuerza para fijar el estado de salud al momento del cese.

### ¿Y si la persona ya no quiere ir?

Depende de cuándo. Mientras el vínculo sigue vigente —incluidos los 10 días anteriores al cese— el art. 7 de la Res. SRT 37/10 hace obligatorios estos exámenes para el trabajador. Una vez extinguida la relación ya no hay cómo compelerlo: conviene incluir el examen en la comunicación de la desvinculación y darle un turno concreto; si no concurre, dejá constancia escrita de que fue citada. Nosotros te informamos la inasistencia apenas el centro nos la comunica, para que quede documentada.

### ¿Pueden hacerlo el mismo día de la desvinculación?

Sí, si nos avisás con anticipación. Coordinamos el turno en un centro cercano a la persona en 24-48 h, y también se puede hacer dentro de los 30 días posteriores si ese día no es posible.

### ¿Qué pasa si el egreso detecta una enfermedad profesional?

El médico laboral lo asienta en el dictamen y corresponde denunciarlo ante la ART, igual que en cualquier otro momento de la relación laboral. Enterarse en el egreso es preferible a enterarse por un reclamo dos años después.

### ¿Sirve el egreso si nunca se hizo el preocupacional?

Sirve, pero pierde la mitad de su valor: sin la foto del ingreso no hay con qué comparar. Si estás organizando la medicina laboral de la empresa, el orden es empezar por los [preocupacionales](https://www.ingresoslaborales.com/examenes-preocupacionales) de las incorporaciones nuevas y los [periódicos](https://www.ingresoslaborales.com/examen-periodico) del personal expuesto.

### ¿Hacen exámenes de egreso de varias personas a la vez?

Sí. En una reestructuración o un cierre de obra coordinamos todos los turnos juntos, aunque la gente esté en localidades distintas: cada persona va al centro asociado más cercano a su domicilio y vos recibís los [dictámenes por lote](https://www.ingresoslaborales.com/medicina-laboral-para-empresas), ordenados por legajo y con una sola factura.

Seguir leyendo

## Los otros exámenes de la relación laboral

[Examen preocupacional · La foto del primer día: sin ella, el egreso no tiene contra qué compararse.](https://www.ingresoslaborales.com/examenes-preocupacionales)
[Examen periódico · El seguimiento anual del personal expuesto, a cargo de la ART.](https://www.ingresoslaborales.com/examen-periodico)
[Examen de altura · Perfil ampliado para trabajo sobre dos metros, con neurológico y espirometría.](https://www.ingresoslaborales.com/examen-de-altura)
[Medicina laboral para empresas · Egresos por lote, rondas de periódicos y un asesor para todo tu personal, en todo el país.](https://www.ingresoslaborales.com/medicina-laboral-para-empresas)
[Guía de la Resolución SRT 37/10 · Los cinco exámenes de la norma, el plazo de cada uno y quién se hace cargo.](https://www.ingresoslaborales.com/blog/que-exige-la-resolucion-srt-37-10)

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Fuente: https://www.ingresoslaborales.com/examen-de-egreso · Contacto: ventas@ingresoslaborales.com · WhatsApp +54 9 11 5853 6500
